Aprobada la reforma de la LPI que extiende el canón
Viernes, 23 de Junio de 2006Vía Error500
A partir de ahora el canon se extiende a cualquier ’soporte idóneo’ para grabar y reproducir archivos, por lo que podrá ser aplicado a reproductores MP3 y teléfonos móviles. Desde ya, queda redefinido el concepto de copia privada, que queda recluida al “ámbito privado”. Desde hoy queda prohibido “civilmente” el saltarse medidas tecnológicas anticopia. Y, dado que establece que creadores y productores tendrán también una compensación directa por la “puesta a disposición” de sus obras en Internet, abre las puertas a denuncias por uso de redes P2P para compartir contenidos con copyright. Todo eso se ha aprobado hoy en el congreso.
ESPELUZNANTE. Nos gravan con impuestos para sufragar la perdida de beneficios que tendrán las discográficas y productoras, dando como cierta la suposición de que cada formato digital que compremos servirá para grabar musica o películas.
?Si dan por hecho que vamos a hacer copias, porque es ilegal bajárselas, si ya pagamos impuestos por copiarlas? ?Si ya pagamos por copiar, porque llevan sistemas anticopia (DRM) los discos que compramos? Que contradicción y que falta de conocimiento de la sociedad y de la tecnología por parte de los políticos que aprueban estas leyes. ?Realmente va a ayudar esta ley a algo, salvo a enriquecer a unos pocos? ?Es mejor para la sociedad de la información y para España un canón que afecta a todo el mundo para enriquecer a unos pocos? Esta claro que no, pero ellos no lo quieren ver.
Más información: El mundo, 20 minutos, Interiuris, David Bravo, Barrapunto, El País.
Y gracias a Jorge Cortell, nos cuenta como podemos eludir esta ley abusrda y abusiva. Es muy fácil, según nos indican:
El proyecto aprobado aclara que la ?copia privada? de una obra debe ser realizada por una persona física para uso privado y a partir del original.
Por lo que, (es solo un resumen, ver el post original para leerlo completo), estas son las medidas a tomar:
- Hay que comprar los soportes sujetos al pago del canon a nombre de una persona jurídica. O sea, que los CDs, móviles, DVDs, etc lo compre la empresa, que al no ser persona física no podrá realizar copias privadas, y por lo tanto el soporte que compre no estará sujeto a pago del canon.
- Si lo que se quiere es hacer Copias Privadas, y no preocuparse de si la copia se realiza de ?original? o no, no hay problema: en el mundo digital es imposible diferenciar la copia del original. Por lo tanto hay que hacer copias exactas.
- Si tememos a lo de ?uso privado?, lo tenemos fácil: usad auriculares con el MP3, poned el aire acondicionado en el coche y subid las ventanillas, etc. ?Y el ordenador? Está considerado como ámbito privado, por lo tanto, aunque se emplee una red P2P, se puede hacer como copia privada, de acceso privado, a nuestro original digital.
- Y, sobretodo, en caso de duda, emplead reproductores que admitan archivos digitales, los cuales aun siendo copia, son indistinguibles del original. En ese caso, no os tenéis que preocupar, pues hasta que restrinjan el ámbito de uso del original, nadie podrá, con la ley en la mano, dudad de que el ?original? que lleváis en el reproductor (de DVD, de MP3, disco duro del ordenador, etc) es un ORIGINAL.















